El Supremo concluye en su sentencia que García Ortiz filtró el correo sobre González Amador: "Quebrantó sin justificación el deber de reserva"
Description
El Tribunal Supremo ha fundamentado la condena a dos años de inhabilitación del ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, tanto en la filtración del correo con la admisión de dos delitos contra Hacienda de la pareja de Isabel Díaz Ayuso como en la nota de prensa que dio la Fiscalía el 14 de marzo de 2024.
El Alto Tribunal ha hecho público este martes la sentencia en la que condena a García Ortiz al considerar probado que él o alguien de su entorno, y con su conocimiento, filtró el polémico correo del abogado de Alberto González Amador, pareja de Ayuso, a la Cadena Ser.
Sentencia: "Quebrantó sin justificación el reforzado de deber de reserva"
La sentencia subraya que sobre García Ortiz pesaba un reforzado deber de reserva, deber que quebrantó sin justificación. "El fiscal general del Estado no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito", sostiene la sentencia, de 180 páginas.
La sentencia ve en la filtración del correo y en la nota de prensa una unidad de acción, al considerar que "la nota consolida la filtración iniciada por el correo" y la "oficializa".
19 días después del fallo
La sentencia se ha conocido este martes, casi tres semanas después de que el tribunal que juzgó a García Ortiz adelantara el fallo por el que acordó condenarle a dos años de inhabilitación para el cargo y multa de 7.200 euros, así como a indemnizar a González Amador con 10.000 euros por daños morales.
García Ortiz dimitió el pasado 24 de noviembre, cuatro días después de comunicarse el fallo. Posteriormente, el Gobierno anunció que la fiscal de sala del Supremo, Teresa Peramato, era la candidata para relevarle como jefe del Ministerio Público.
Junto a la sentencia consta el voto particular de las magistradas progresistas, Ana Ferrer y Susana Polo, que se han desmarcado de sus compañeros -Andrés Martínez Arrieta, Manuel Marchena, Antonio del Moral, Juan Ramón Berdugo y Carmen Lamela-. Polo era la encargada de redactarla pero, dada su discrepancia, la tarea recayó en Martínez Arrieta. El cambio de ponente y la obligación de comunicarlo a las partes fue lo que propició que se avanzara el fallo, según fuentes jurídicas.




